El plazo para facturar una guía de despacho será hasta el décimo día del mes siguiente desde el momento que se han realizado las operaciones. Estas siempre deben señalar el período tributario en el que se realizaron dichas operaciones
Para los efectos de facturación asociada a la guía de despacho, es importante que sepas que esta se encuentra normada en el Artículo 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, la cual se complementa con la Circular N° 103, de 1979.
Recuerda que las guías de despacho son de carácter obligatorio. Sin embargo, las partes pueden acordar postergar la generación de facturación. Esto se relaciona a la Ley de Pago a 30 Días. No olvides que también son obligatorias en caso de traslado de bienes que no estén destinados para la venta.
Particularidades de la facturación de una guía de despacho
Recuerda que la guía de despacho es un documento tributario, el cual también puede ser electrónico y el software que tu empresa tenga también debe considerarlo como tal.
Ahora bien, acá te dejamos algunas particularidades que se pueden enfrentar al momento de generar una facturación electrónica de acuerdo a una guía de despacho:
- La emisión de una guía de despacho electrónica es obligatoria desde que la reforma tributaria indica.
- Los sectores como silvoagropecuario (forestales), pesca artesanal, pequeña minería y pirquineros, podrán seguir emitiendo dicha documentación en formato manual (papel).
- También, en los casos anteriores, para la guía de despacho se podrá optar por un mecanismo mixto, según indica la REX N°8 del 17 de enero del 2020.
- Las guías de despacho siempre deben ser firmadas por el receptor, para dar fe de que recibió los productos. Sin embargo, en caso que no se haya enviado un producto y la guía lo contemplaba, se debe dejar constancia en el libro de guías, para no cometer errores en la facturación.
- Si se facturó y hubo errores en la facturación, te recomendamos revisar un artículo que escribimos sobre ¿Cuál es el plazo para anular una guía de despacho en Chile?
- La no emisión de una guía de despacho oportuna, ya sea en el caso de traslado de mercaderías, y que deban facturarse o no, está sancionada bajo el Artículo N°97 N°10 del Código tributario.