Santiago, 13-MAyo-2020
Desde el 1 de enero de 2020 comenzaron a regir los nuevos regímenes de tributación para las empresas afectas a Impuesto Renta (contribuyentes de Primera Categoría). El Servicio de Impuestos Internos inscribirá de manera automática a cada empresa en el régimen que le corresponda según características, pudiendo en algunos casos la empresa solicitar un cambio de régimen si cumple con ciertos requisitos.
Este cambio afectará a las Rentas del año 2020 y que se tributan en abril 2021 (Operación Renta 2021).
El objetivo fue dejar regímenes más flexibles y económicos para la pequeña y mediana empresa y más gravoso y completo para las grandes empresas.
PRO PYME GENERAL
Es un régimen de tributación que está dirigido a las micro, pequeñas y medianas empresas que determinan su resultado tributario bajo norma general de ingresos percibidos y gastos pagados. Estas empresas están obligadas a llevar contabilidad completa, pero pueden optar a contabilidad simplificada.
Están afectas al Impuesto de Primera Categoría con tasa del 25% y sus socios o accionistas deberán tributar en base a retiros o similares, pudiendo aprovechar en sus impuestos finales el 100% del crédito de Primera Categoría que afectó a la empresa, excepto aquellos propietarios no acogidos al régimen Pro Pyme.”
PRO PYME TRANSPARENTE
Este régimen busca liberar a la empresa del impuesto de Primera Categoría, traspasando esta responsabilidad en forma proporcional a sus socios.
La manera en que las empresas determinan su Renta es en base a ingresos percibidos y gastos pagados, por lo que quedan liberadas de llevar contabilidad completa, aunque pueden optar por llevarla si así lo solicitan.
Es un régimen tributario dirigido a las micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes). El Servicio de Impuestos Internos inscribirá automáticamente en este régimen a las empresas que cumplan con los requisitos para ello.
REGIMEN SEMIINTEGRADO
Dirigido a todas aquellas empresas que no pueden optar a los dos regímenes anteriores.
Es un régimen de tributación enfocado en las grandes empresas, las que deben cumplir con una serie de requisitos de formalidad contable y forma de determinar su Renta. La tasa de tributación para el Impuesto a la Renta es del 27%. Además, sus propietarios tributan en base a retiros o similares con un 65% de imputación del crédito de Primera Categoría en sus impuestos finales.
RENTA PRESUNTA
Régimen que se aplica a empresas o personas que desarrollan actividades agrícolas, de transporte y minería, siempre y cuando, sus ingresos no superen los límites establecidos por ley para cada tipo de actividad.
CONTRIBUYENTES NO SUJETOS AL ARTÍCULO 14 DE LA LEY DE LA RENTA
Está dirigido a empresas con contabilidad completa y cuyos propietarios no se encuentren gravados con impuestos finales (Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional), por ejemplo Corporaciones, Fundaciones, empresas del Estado y similares.