Santiago, 21 de agosto de 2018.
Consejos tributarios y legales cuando quiera formalizar su emprendimiento.
No son pocas las personas que comienzan con una idea de negocio de manera informal, vendiendo a través de redes sociales o por red de contactos, sin iniciar actividades y sin emitir facturas o boletas de ventas.
Esto, a pesar de estar al margen de lo legal, permite ahorrar una serie de costos de tipo impositivo (patente comercial, IVA e Impuesto Renta principalmente) y otros costos administrativos como el arriendo de un local u oficina, ya que generalmente se trabaja desde sus casas.
Sin embargo, esta forma de operar presenta el gran inconveniente de restringir o complicar el crecimiento de los negocios, ya que sin Rut e inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) es difícil hacer una serie de actividades que ayudan a impulsar los negocios, tales como realizar publicidad masiva, abrir un local comercial, contratar personal, emitir facturas, vender a empresas, postular a proyectos privados o a proyectos Corfo, solicitar créditos bancarios, presentar balance para postular a ventas al sector público, entre otros inconvenientes.
Por esto es que muchos emprendedores en algún momento deciden dar el paso definitivo: formar una empresa e iniciar actividades.
¿Cómo partir?
- Si ya está decidido a iniciar con todos los requisitos legales su negocio, lo primero es redactar una escritura social. Imprescindible pensar en un nombre creativo, un domicilio legal, quiénes serán los socios, y en qué porcentaje participará cada uno. Esta escritura debe inscribirse, publicarse, notariarse y protocolizarse, por lo que lo más recomendable es que lo vea con un abogado…o si quiere ahorrarse ese costo, redacte su propia escritura en www.tuempresaenundia.cl. Lo bueno de hacerlo usted mismo: se ahorra el costo del abogado, que fluctúa entre 8 y 20 UF. Lo malo: si tiene dudas técnicas o tributarias, no tendrá quién lo asesore.
- Una vez creada la sociedad con todas las formalidades del punto anterior, debe ir con su escritura al SII para hacer el inicio de actividades, paso en el cual debe solicitar Rut, contabilidad computacional, facturación electrónica, verificación de domicilio, escoger actividad económica, fijar domicilio tributario, y definir forma en que tributará (primera o segunda categoría, contabilidad completa, simplificada, presunta, renta atribuida, o semi-integrada). Al igual que en el caso de la escritura, este trámite también lo puede hacer usted mismo, pero ciertamente parece una gestión bastante complicada sin la asesoría de un contador. La tarifa de un contador por este servicio va desde costo cero (todos tenemos un amigo contador, o el contador que le prestará un servicio mensual) hasta unas 7 o 10 UF como máximo.
- Ya listo el inicio de actividades con las formalidades del punto anterior, debe dirigirse a la municipalidad de la comuna donde está su domicilio tributario (señalado en el inicio de actividades del párrafo anterior). Deberá completar un formulario de solicitud de patente comercial. Sin patente no puede operar, y si piensa abrir un local podría ser clausurado. Si su local expende comida, alcohol o líquidos contaminantes o peligrosos, la patente podría tardar o complicarse más de lo normal. Para las demás sociedades en general es un trámite simple que no requiere la asesoría de un profesional legal o contable.
Con la patente aprobada, ya puede comenzar a operar: comprar, vender, contratar personal y todo lo demás, lo que incluye pagar impuestos.
¿Qué impuestos debe pagar su nueva sociedad Pyme? En general son 5:
IVA
Renta de empresa
Impuesto Global Complementario
Impuesto Único al Trabajo
Patente Comercial