Mayo 18, 2017
Antes de ingresar a la nómina de trabajadores de una empresa a un trabajador extranjero, es importante tener en consideración lo siguiente:
1- El contrato debe realizarse por escrito desde el momento que la persona comienza a prestar servicios en forma dependiente, con formato de contrato para extranjeros, incluyendo cláusulas exigidas por ley. Debe ser legalizado ante notario.
2- Luego el trabajador debe iniciar trámite de Visa temporaria que lo habilitaría para desempeñar cualquier labor remunerada, con uno o más empleadores. Este trámite demora alrededor de 3 meses, pero puede solicitar mientras un permiso especial de trabajo, con el cual queda habilitado en el acto a trabajar. El contrato se encuentra vigente desde la fecha de obtención de su permiso especial de trabajo.
3- Con su contrato legalizado, deberá solicitar RUT provisorio en la AFP, actualmente PLANVITAL (RUT de 40.000.000-0). Con este RUT el empleador podrá cancelar sus cotizaciones , por lo menos hasta que el trabajador obtenga su Visa temporaria y el nuevo RUT emitido por el Registro Civil. Terminado esto, se podrá solicitar el traspaso de los Fondos cancelados anteriormente por cotizaciones, al RUT nuevo.
Entonces, cumpliendo todo lo anterior, si el trabajador actualmente tiene su RUT emitido por el Registro Civil y cuenta con contrato vigente de trabajo y no se han cancelado sus imposiciones previsionales, se deberán cancelar éstas de forma atrasada, con multas e intereses.